CENTRO DE
MEDIACION
COMUNITARIA
Presentan un
proyecto para
implementarlo en
Escobar
Lunes, 19 de
abril de 2010
El
concejal Oscar
Fontán presentó
un proyecto de
ordenanza para
su tratamiento
mediante el
cual, en caso de
ser aprobado, se
implementará el
Centro de
Mediación
Comunitaria.
Esta importante
alternativa de
resolución de
conflictos, ya
viene
comprobando su
eficacia en el
vecino partido
de Pilar, donde,
según datos
estadísticos que
Escobar News
pudo recabar, de
un muestreo de
212 casos
registrados,
muchos de ellos
llegaron a
resolverse sin
la necesidad de
judicializar el
conflicto.
De este
muestreo, 143
casos
corresponden a
conflictos entre
vecinos, 39 a
controversias
contractuales
con empresas de
servicios y 28 a
conflictos de
familia, entre
ellos, cuotas
alimentarias y
regímenes de
visitas.
Fontán consideró
importante la
creación de este
Instituto toda
vez que la
infinidad de
conflictos que
se presentan
entre vecinos
del distrito,
originan juicios
lentos, costosos
y que –según el
autor del
proyecto- pocas
veces llegan a
resoluciones
prácticas y
acordes en
tiempo y forma.
Por lo que la
búsqueda de un
método
alternativo para
poner fin a
estos
conflictos,
mediante el
Centro de
Mediación
Comunitaria,
contribuirá a
mantener un
clima social de
armonía.
Este proyecto de
ordenanza
funcionaría en
concordancia con
los lineamientos
del Plan
nacional de
Mediación del
Ministerio de
Justicia, que,
por Resolución
297/91, habilita
la
implementación
de programas de
mediación en
distintos
sectores de la
sociedad, con la
intervención de
colegios de
profesionales
y oficinas
técnicas,
dirigidos a
insertar en la
conciencia
social las
ventajas del
método para
evitar la
proliferación de
conflictos,
aliviar el
sobrecargado
sistema judicial
y la armonía
entre vecinos.
Como método
alternativo de
resolución de
conflictos, que
precede y evita
en un alto
porcentaje la
instancia
judicial, el
vecino se vería
beneficiado
además en un
ahorro de
tiempo, esfuerzo
y dinero,
considera Fontán
en los
considerandos de
su proyecto.
Por otra parte,
el edil explica
que se trata de
un procedimiento
en que un
tercero neutral
ayudará a las
partes a
negociar para
llegar a un
resultado
mutuamente
aceptable,
facilitando la
comunicación
para que,
voluntariamente,
eviten el
sometimiento a
proceso
judicial,
permitiendo
acordar en forma
rápida.
En cuanto al rol
del mediador,
Fontán destaca
que no actúa
como juez, ya qu e
carece de
facultades
decisorias ni
ejerce funciones
jurisdiccionales,
sino que su función
es la de ayudar
a explorar las
posibles bases de
un acuerdo
en el que ambas
partes ganen
sobre el principio
de cooperación.
Frecuentemente,
cuando el
conflicto se
somete a un
proceso
judicial, las
partes,
separadamente,
tratan de
obtener todo y
de destruir a su
adversario
completando el
sistema
“gana-pierde”;
por el
contrario, en la
negociación por
mediación, las
posiciones
enfrentadas
mutan en
intereses
mutuos,
generando
soluciones apta
a las partes,
conformando un
sistema
“gana-gana”.
En principio,
este Centro de
Mediación
Comunitaria,
contaría con un
abogado mediador
y dos auxiliares
administrativo.
La posición
sobre la
Defensoría del
Pueblo de
Escobar
Aprovechamos
esta oportunidad
para consultar
al concejal
Fontán sobre su
posición en
relación a la
intención, por
parte del
oficialismo, de
modificar la
ordenanza para
restringir las
funciones del
Defensor del
Pueblo y su
actividad
privada.
Al respecto
Fontán indicó
que la norma en
estudio tiene,
de por sí, un
mal inicio, ya
que las
incompatibilidades
deberían haber
sido incluidas
al momento de la
creación de este
Instituto.
Por otra parte,
y en relación al
debate que se
llevó adelante
días atrás, no
comparte la idea
del presidente
del bloque del
AVE, Alejando
Fedeli, ya que
considera que el
intento de hacer
un estudio de
derecho
comparado con
otras ordenanzas
resultó
deficiente,
puesto que las
ordenanzas
citadas por
Fedeli cuentan
con el mismo
error
conceptual.
Así las cosas,
Fontán se
mantiene por la
afirmativa en
relación a la
modificación
propuesta, pero
esta
modificación
-según el edil-
debe guardar
congruencia con
las leyes
nacionales y
provinciales,
donde establece
clara y
expresamente las
incompatibilidades
para ejercer la
profesión
paralelamente al
cargo de
Defensor del
Pueblo.
Fuente:
Escobar News
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