LABOR PARLAMENTARIA
Sancionarán con severas multas a quienes pinten graffiti
El
proyecto de ordenanza, elaborado por el edil José María
Rognone del bloque de concejales del partido
justicialista de Escobar, rescata el valor del graffiti
como expresión cultural y vehículo de reivindicación
social por parte de los jóvenes, pero, por otra parte
considera –citando a un fallo la Sala V de La Cámara
Nacional en lo Criminal- a la pintada callejera como un
delito de carácter contravencional ya que la impresión
de leyendas con pintura "tienen carácter permanente
sobre el bien y su remoción o quita exige una tarea
material apreciable en dinero" según explica el fallo
citado.
En
ese sentido, el proyecto de ordenanza avanza hacia la
creación de una norma de convivencia ciudadana en paz e
igualdad de derechos y obligaciones en la que, con el
objeto de mantener el bienestar colectivo, busca
organizar la comunidad de tal forma que se consiga el
desarrollo del arte Urbano del Graffiti, la que podrá
continuar con sus expresiones culturales en murales de
espacio Público o Privado con autorización municipal y
del propietario del mismo, en caso que corresponda.
La
norma en estudio establece a la Dirección de Juventud
del Municipio como órgano competente para autorizar
dichas actividades y autoriza a esa Dirección Municipal
a financiar la realización de Graffiti de carácter
artístico y que contengan mensajes referentes a la Salud
Publica Información Institucional y/o al bien común de
la comunidad.
No obstante a ello, el proyecto de ordenanza prohíbe
taxativamente realizar pintadas callejeras o graffiti
sobre monumentos, edificios, paradas, marquesinas,
elementos instalados en los espacios públicos, señales
de tránsito, transporte público, mobiliario urbano y
árboles o jardines. También en las fachadas de
inmuebles, públicos o privados y murales de propiedad
privada, sin autorización del propietario y autorización
municipal.
Así las cosas, quien incumpla con esta norma será
pasibles de fuertes sanciones sin perjuicio a que el
infractor proceda a la limpieza de su “obra”, y si no
lo hace, el área de Mantenimiento podrá adecentar o
reparar los daños con cargo a la persona responsable.
El proyecto de ordenanza impulsado por Rognone, divide a
las infracciones a esta normativa en leves y graves,
tomando en cuenta la intencionalidad, la reiteración y
el daño causado a los bienes o a las personas.
De
esta manera establece como la más alta sanción el pago
de una multa multa equivalente desde equivalente desde
tres (3) y hasta diez (10) Sueldos Básicos
Administrativos del Personal Municipal de la categoría
inferior.
Tomando en cuenta que
el valor de un sueldo básico asciende a $1.100.- el
máximo de la multa llegaría hasta $11.000.-
Además, cuando las sanciones administrativas sean
impuestas a menores de 18 años de edad, serán
responsables subsidiarios los padres, tutores legales o
personas que ostenten la custodia legal.
Por último, al infractor se le
permitirá permutar la sanción económica por prestación
de servicios en beneficio de la comunidad. Para poder
condonar la sanción impuesta por este Municipio por la
realización de servicios a la comunidad.
Fuente:
Escobar News
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