Presentaron una
acción de amparo
contra el puerto
regasificador
Viernes, 20 de
mayo de 2011
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Faltando
pocos días
para su
puesta en
funcionamiento,
el polémico
puerto
regasificador
podría
sufrir un
duro revés
desde la
justicia.
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Un
grupo de vecinos
de Escobar
presentaron una
medida cautelar,
que lleva el
registro
Nº P2326, en el
día de ayer ante
el Juzgado
Correccional N°
1 del
Departamento
Judicial
Zárate-Campana,
a cargo del
Dr.
Dr. Javier
Alfredo Romañuk
por
medio de la cual
buscan frenar la
puesta en
funcionamiento
del puerto regasificador
alegando que no
se habría
cumplido con el
legal proceso
ambiental y que
el
emprendimiento
podría poner en
potencial riesgo
a la ciudadanía
escobarense.
Los vecinos
explican al
magistrado
interviniente
que
"Motiva la
acción, el
movimiento de
tierras en la
zona, el
endicamiento, el
dragado, secado
de arroyos,
canalizaciones,
desmontes, y
alteración de la
línea de ribera,
que provoca
cambios del
curso de las
corrientes de
agua, lo que
esta afectando y
poniendo en
altísimo riesgo
la vida y salud
de todas las
personas que
habitan en dicha
zona por peligro
de inundación,
alteración de la
calidad de las
aguas, y la
presunta
comisión del
delito de
peligro ante la
construcción de
un puerto
privado de la
empresa UTE
ENARSA y REPSOL
YPF para la
regasificación
de Gas Natural
Licuado, para
amarre del Buque
regasificador,
con peligro
potencial de
explosión y
contaminación en
la zona próxima
a las vivienda
de los actores;
alterando la
biodiversidad e
impedir el
funcionamiento
sustentable del
ecosistema
deltaico,
perjudicando la
libre
navegación, la
seguridad en la
navegación, la
vida de la
población civil,
el comercio y el
turismo".
La acción de
amparo tiene
como demandados
al Estado
Nacional, al
Estado
Provincial, a la
Municipalidad de
Escobar y a la
UTE conformada
por ENARSA-REPSOL-YPF
por haber
omitido
“el proceso
administrativo
previo a toda
obra para
obtener la
declaratoria
positiva de
evaluación de
impacto
ambiental de las
respectivas
autoridades de
aplicación, en
la construcción
de un Puerto
Privado sobre
bienes del
dominio y uso
público
nacional,
provincial y
municipal”
denunciando que
el accionar de
los demandados
“en forma
actual e
inminente
lesiona,
restringe,
altera y amenaza
con ilegalidad y
arbitrariedad
manifiesta
derechos y
garantías
reconocidas en
el art. 28
Constitución
Provincia de
Buenos Aires y
art 41 de
nuestra Carta
Magna como el
derecho a un
ambiente sano,
equilibrado y
menoscaba los
presupuestos
mínimos de
protección
ambiental de
la Ley General
del Ambiente y a
los Tratados y
Pactos
Internacionales”
poniendo un
especial énfasis
a la omisión,
por parte de la
Municipalidad de
Escobar y del
Estado
Provincial (OPDS)
“en
convocar a
Audiencia
Pública al
pueblo de
Escobar como
parte del
procedimiento
administrativo
de Evaluación de
Impacto
Ambiental, cuyo
cumplimiento,
debió haber sido
previo al
comienzo de la
obranzas”
que “deviene
en actividad
clandestina e
ilegal, porque
no se ha
cumplido con la
obligación legal
de efectuar el
proceso
administrativo
previo a nivel
municipal,
provincial,
nacional e
internacional,
por parte de los
demandados que
amenaza con
ilegalidad
manifiesta, el
ejercicio de los
derechos
constitucionales
(art. 41 CN y 20
CPBA), en
perjuicio de la
población civil
y el ambiente”.
Además de los
argumentos
legales,
sostenidos con
una nutrida
fundamentación
en el derecho
constitucional,
civil y hasta
internacional,
se apoya en las
investigaciones
periodísticas
realizadas desde
un principio por
escobarnews.com
y más
recientemente
por el noticiero
de canal 13.
Por otra parte,
los
peticionantes
solicitaron a la
justicia que se
cite a declarar
en audiencia
testimonial,
entre otros, al
Intendente de
Escobar, Sandro
Guzmán, y al
Presidente del
Concejo
Deliberante de
Escobar, Elio
Miranda.
Entre otras
medidas
probatorias
solicitan al
magistrado, con
carácter de
urgente y de
previo al
traslado de la
demanda, se
ordene un
reconocimiento
judicial del
lugar para que
observe
“la alteración
hidrogeológica
del Km 70 sobre
la margen
derecha del
Paraná de las
Palmas, el grado
de movimiento de
tierras,
profundidad del
dragado,
refulado,
gasoducto,
maquinarias y
personal de
reparticiones
públicas como el
Ejercito
Argentino,
usurpando
bienes del
dominio público
por corrimiento
de línea de
ribera y la
reciente
construcción,
ilegal y
clandestina sin
el debido
proceso
ambiental, del
Puerto para
amarre del Buque
Cisterna
Gasificador, que
se encuentra
próximo a
arribar,
poniendo en
peligro a la
población toda
en la zona de
Escobar y por
donde navegue
dicho buque”.
Se estima que el
lunes próximo el
Dr. Javier
Alfredo Romañuk
se expedirá
haciendo conocer
su fallo que
podría llegar a
suspender la
puesta en marcha
de la obra en
caso que la
acción de amparo
prospere esta
instancia
judicial.
Fuente:
escobarnews.com
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